La Convivencia como Valor Fundamental
El Condominio Montú — Club House es un espacio compartido donde convergen propietarios, residentes permanentes, turistas y trabajadores. La convivencia armoniosa no solo enriquece la calidad de vida de todos sus habitantes, sino que también preserva el valor patrimonial del conjunto y fortalece el sentido de comunidad.
El presente Manual de Convivencia establece las normas básicas de comportamiento en las áreas comunes y en el interior de las unidades privadas, en la medida en que las conductas individuales puedan afectar a terceros. Su observancia es obligatoria para todos: propietarios, arrendatarios, turistas y visitantes.
Horario: Las piscinas y el Club House están disponibles de 6:00 am a 10:00 pm todos los días. Pasado este horario, el área estará cerrada y se procederá al retiro de cualquier persona que permanezca en ella.
Normas de uso:
- El aforo máximo de las piscinas será definido por la administración según las dimensiones de cada área. No se permitirá el ingreso una vez alcanzado el aforo.
- Es obligatorio ducharse antes de ingresar a las piscinas.
- Los niños menores de 12 años deben estar acompañados en todo momento por un adulto responsable. Los niños menores de 5 años deben usar flotador o chaleco salvavidas.
- No se permite el consumo de bebidas alcohólicas en el área de piscinas ni en el Club House, salvo en eventos autorizados por la administración.
- Está prohibido ingresar con alimentos a las piscinas o al deck. Solo se permite consumir alimentos en las zonas habilitadas.
- No se permite el uso de piscinas a personas con heridas abiertas, enfermedades de la piel contagiosas o bajo efectos del alcohol.
- El uso de equipos de música debe hacerse con audífonos. Está prohibido el uso de parlantes portátiles en el área de piscinas.
El derecho al descanso y la tranquilidad es fundamental para todos los habitantes del Condominio Montú.
Horarios de silencio:
- Entre las 10:00 pm y las 8:00 am rige el horario de silencio. Durante este período todos los residentes deben bajar el volumen de equipos de sonido, televisores y cualquier fuente de ruido que pueda molestar a los vecinos.
- Los fines de semana y festivos el horario de silencio es el mismo: de 10:00 pm a 8:00 am.
Restricciones de música y actividades ruidosas:
- El nivel máximo de música en interiores no debe superar los niveles que puedan ser percibidos en las unidades adyacentes o en áreas comunes.
- Las obras de adecuación o remodelación dentro de las unidades privadas solo podrán realizarse de lunes a sábado entre las 8:00 am y las 5:00 pm.
- Queda prohibida la realización de fiestas o reuniones con amplificación de sonido sin autorización previa de la administración.
- Los eventos autorizados deberán culminar antes de las 11:00 pm.
La tenencia de mascotas en el Condominio Montú está permitida bajo las siguientes condiciones:
- Registro: Todo propietario o residente que tenga mascotas debe registrarlas ante la administración, indicando especie, raza, nombre y número de carnet de vacunación vigente.
- Correa obligatoria: En todas las áreas comunes del condominio las mascotas deben circular con correa y bajo el control de su dueño. Las razas potencialmente peligrosas deben usar además bozal.
- Limpieza: El dueño de la mascota es responsable de recoger de inmediato los desechos que su animal deposite en áreas comunes. Para este fin, la administración dispondrá de contenedores y bolsas en puntos estratégicos.
- Las mascotas no están permitidas en las áreas de piscinas, Club House ni en el salón comunal.
- El dueño es responsable de los daños que su mascota cause a personas, otras mascotas o bienes comunes.
- Las mascotas que generen ruido excesivo (ladridos persistentes) de manera reiterada serán motivo de reporte a la administración para tomar las medidas correspondientes.
El uso del parqueadero del Condominio Montú está regulado de la siguiente manera:
- Parqueaderos privados: Cada propietario hará uso exclusivo del parqueadero asignado a su unidad. Está prohibido ocupar parqueaderos de otros propietarios sin autorización expresa.
- Parqueaderos de visitantes: Los parqueaderos destinados a visitantes son de uso exclusivo y temporal para visitas. Ningún propietario o residente podrá usar de manera permanente los parqueaderos de visitantes.
- Velocidad máxima: La velocidad máxima dentro del condominio es de 10 km/h. El conductor es responsable de la seguridad de los peatones, especialmente de niños y adultos mayores.
- Prohibición de trabajo mecánico: Queda estrictamente prohibido realizar reparaciones mecánicas, cambios de aceite, pintura vehicular o cualquier trabajo de taller dentro del parqueadero o en vías internas del condominio.
- Está prohibido lavar vehículos dentro del parqueadero, salvo en las zonas habilitadas para este fin.
- Los vehículos en mal estado, sin placas o que no sean de uso del condominio serán retirados previa notificación al propietario.
El manejo adecuado de residuos es responsabilidad de todos los habitantes del Condominio Montú:
- Separación en la fuente: Los residuos deben separarse en orgánicos (color verde), reciclables (color blanco o gris) y no aprovechables (color negro), conforme a la Resolución 2184 de 2019 del MADS.
- Punto de acopio: Los residuos deben depositarse en los contenedores ubicados en el punto de acopio del condominio, nunca en pasillos, escaleras o áreas comunes.
- Horario de recolección: Los residuos deben ser dispuestos en el punto de acopio el mismo día de la recolección municipal, no antes. Evite acumular basura en la puerta de su unidad.
- Prohibición de arrojar desde balcones: Queda absolutamente prohibido arrojar basura, colillas de cigarrillo, líquidos o cualquier objeto desde los balcones o ventanas hacia las áreas comunes o unidades vecinas.
- Los residuos de obras o remodelaciones deben ser retirados por cuenta del propietario. No se permite depositar escombros en los contenedores comunes del condominio.
Las zonas verdes y áreas comunes son patrimonio de todos los copropietarios y deben ser conservadas en buen estado:
- Conservación: Todos los residentes deben contribuir a mantener en buen estado la vegetación, el mobiliario y las instalaciones de las áreas comunes. Reportar a portería cualquier daño o deterioro.
- Prohibición de alteraciones: Está prohibido plantar, cortar o modificar la vegetación de las áreas comunes sin autorización de la administración.
- Mobiliario: El mobiliario (mesas, sillas, sombrillas, etc.) de las áreas comunes es de uso colectivo y no debe ser trasladado a unidades privadas ni apropiado por ningún residente.
- Juegos y actividades: Se permiten juegos recreativos de baja intensidad en las zonas verdes. Están prohibidas actividades que puedan causar daños al prado, la vegetación o que pongan en riesgo la seguridad de otros residentes.
- Las zonas verdes no son zonas de paso de vehículos. Los conductores que causen daños al prado o la vegetación serán responsables de su reparación.
¿Qué hacer ante una infracción?
Si presencias o eres víctima de una infracción al Manual de Convivencia, sigue estos pasos:
- Reportar a portería. Comunica de manera inmediata a la portería del condominio la situación que se está presentando. El personal de portería dejará registro escrito del reporte con hora, descripción del incidente y unidad involucrada.
- Comunicar a la administración. Presenta el reporte por escrito o correo electrónico a la administración del condominio, detallando la infracción, la fecha, hora, lugar y, si es posible, los testigos del hecho. La administración acusará recibo dentro de los dos (2) días hábiles siguientes.
- Proceso sancionatorio. La administración o el Consejo de Administración iniciará el procedimiento sancionatorio establecido en el Reglamento de Copropiedad: notificación al presunto infractor, plazo para descargos (3 días hábiles), decisión motivada y, de ser el caso, imposición de la sanción correspondiente.
En situaciones de urgencia o riesgo para la seguridad de las personas, llame directamente a las líneas de emergencia: 123 (Policía) o 132 (Bomberos).
Manual de Convivencia Completo
Documento oficial · Condominio Montú · 2025